El 17 de abril de 2019, en un comunicado de prensa, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) por sus siglas en inglés, dependiente del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de América (U.S. Department of Treasury), dio a conocer una nueva sanción financiera a otra institución y funcionaria venezolana. En esta ocasión, le tocó el turno al Banco Central de Venezuela y a uno de sus directores (Iliana Ruzza), como resultado de la aplicación de medidas de protección de la seguridad nacional, anticorrupción y antilavado de dinero de la administración de Donald Trump.

El documento expresa que: “Hoy la OFAC del Departamento del Tesoro designó al Banco central de Venezuela, de conformidad con la Orden Ejecutiva 13850, para operar en el sector financiero de la economía venezolana. Además, la OFAC designó a Iliana Ruzza, de conformidad con la Orden Ejecutiva 13692, que se determina que es un funcionario actual o anterior del Gobierno de Venezuela.” Esto significa que tanto la funcionaria como la institución designada, se encuentran bajo el efecto de las órdenes ejecutivas 13692 del 08/03/2015 (Barack Obama) y 13850 del 01/11/2018 (Donald Trump), las cuales establecen el “Bloqueo de propiedad y suspensión de la entrada de ciertas personas que contribuyen a la situación en Venezuela” (13692) y “Bloqueo de la propiedad de personas adicionales que contribuyen a la situación de Venezuela” (13850).

El objetivo de estas sanciones, en palabras del Secretario del Tesoro Steven T. Mnuchin, es “…evitar que el Banco Central de Venezuela se use como una herramienta del régimen ilegítimo de N. Maduro, que continua saqueando los activos venezolanos y explotando las instituciones gubernamentales para enriquecer a los internos corruptos.” Estas órdenes ejecutivas están sustentadas en la Ley de poderes económicos de emergencia internacional, Ley de emergencias nacionales, Ley de derechos y sociedad civil de 2014, Ley de defensa de los derechos humanos de Venezuela, Sección 212 de la Oficina de Inmigración, Ley de nacionalidad de 1952 y la sección 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos.

Steven T. Mnuchin explica que “…esta acción se dirige a una entidad e individuo clave en el sector financiero de Venezuela, que el régimen de Maduro continúa explotando para mantenerse en el poder, e ilustra la decisión de la Administración Trump de evitar que el régimen de Maduro obtenga acceso al sistema financiero de los Estados Unidos, incluso a través del Banco Central de Venezuela.” La funcionaria designada (Iliana Ruzza) en la actualidad es Directora del Banco Central de Venezuela, fue nombrada en julio de 2018 como Directora de Departamento de Comercio Exterior de Venezuela, también conocido como CORPOVEX, y fue nombrada en mayo de 2018 como Vicepresidente de Finanzas de Petróleos de Venezuela, S.A.

Estas acciones se convierten en una mayor restricción en el acceso a divisas por parte del actual Banco Central de Venezuela, afectando aún más su operación en un momento en el que se encuentra todavía minimizado por los efectos de la falla eléctrica nacional del 07 y 08 de marzo, laborando con poco personal y solo en actividades clave. Recordemos el efecto que tuvo sobre la disponibilidad del flujo de caja en divisas la sanción derivada de la orden ejecutiva 13808 del 24/08/2017 acerca de la “Prohibición de ciertas transacciones adicionales respecto a Venezuela”, que expresaba en su sección 1, literal a: “Se prohíben todas las transacciones relacionadas con, la provisión de financiamiento y otras transacciones en lo siguiente por una persona de Estados Unidos o dentro de Estados Unidos”, Así como en la parte 1: “La compra de cualquier deuda del Gobierno de Venezuela, incluidas las cuentas por cobrar.”

Ahora bien, el Secretario Steven T. Mnuchin afirmó que “…como resultado de la acción de hoy, todos los bienes e intereses en la propiedad de esta entidad (BCV) e individuo (Iliana Ruzza), y cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, del 50 por ciento o más de la entidad designada o individuo, que se encuentren en los Estados Unidos o en el la posesión o el control de personas estadounidenses están bloqueados y deben informarse a la OFAC.” A lo que debemos adicionar los bloqueos de propiedades y prohibición de entrada establecidos en las órdenes ejecutivas 13692 y 13850. Esto se encuentra totalmente dirigido a bloquear las operaciones en oro, que el Banco Central de Venezuela ha estado realizando con otros países, desde las últimas semanas del mes de marzo 2019 a la fecha, en un claro esfuerzo por cerrar los mecanismos alternos creados para obtener divisas, convirtiéndose a su vez en un fuerte mensaje de advertencia para las naciones que aún establecen intercambio con el gobierno de N. Maduro.

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Si bien el Secretario Mnuchin comentó que esta acción no pretende afectar la operación con las principales franquicias de tarjetas de débito y crédito, así como también las operaciones de remesas familiares y demás actividades financieras y comerciales no vinculadas con el gobierno de Maduro, habrá que esperar la rección de los principales operadores, empresas y actores económicos vinculados con Venezuela, para conocer los mecanismos de validación y verificación que permitan seguir estableciendo actividad comercial. Recordando que esto ocurre cuando alcanzamos 17 meses de Hiperinflación, con una inflación interanual Mar. 18-Mar. 19 de 1.623.656%, según cálculos de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, un aumento del dinero base BCV en el 1er trim. 2019 de 628%, una producción de 732 MBD de petróleo, que representan 1/5 de la producción de 1998, con $2.106 MM en pérdidas por el colapso eléctrico, que también se traduce en 55,7% en pérdida de actividad económica II-2018/II-2013, con un PIB proyectado al cierre de 2019 de -37%, cuando ya entre 2014-2018 se acumula un -50% del PIB.